Senasa: requisitos para movimientos de terneros y terneras

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La Oficina local de Senasa informó que a partir del 15/11 se restringiran los movimientos de esas categorías que no cuenten con Acta Estratégica de Egreso o Revacunación 

La Oficina Olavarría del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria informó que de acuerdo a la Resolución SENASA 725/2005 todo bovino o bubalino que se movilice deberá estar vacunado contra la Fiebre Aftosa por lo menos en 2 (DOS) oportunidades. Por lo tanto, para movilizar bovinos categorías TERNEROS/AS deben transcurrir al menos 21 (VEINTIUN) días desde su primera dosis de vacuna, y proceder a su revacunación. El acta de esta revacunación debe estar ingresada como Acta Estratégica para permitir gestionar el DT-e por la cantidad de terneros/as a mover. Este requisito es indispensable en cualquier época del año e incluye también a los terneros/as que se pretendan movilizar al pie de la madre.. 

A partir del JUEVES 15 DE NOVIEMBRE DE 2018, se procederá a bloquear en SIGSA los movimientos de TERNEROS/AS que no cuenten con el registro de un ACTA ESTRATÉGICA DE EGRESO O REVACUNACIÓN.

Por consulta dirigirse a la Oficina Local SENASA Olavarría o comunicarse al tel (02284) 425-397 o al correo electrónico olavarria@senasa.gob.ar . 

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