Trazabilidad obligatoria: el paso a paso para declarar las caravanas electrónicas

Senasa dio a conocer el Manual de Declaración de Dispositivos de Identificación RFID, que detalla los pasos y procedimientos para registrar caravanas electrónicas destinadas a la identificación de bovinos, bubalinos y cérvidos, a través del sistema SIGSA. Recordemos que a partir del 1° de enero de 2026, todos los terneros que nazcan en la Argentina deberán contar con un sistema de identificación electrónica individual.

A partir del 1° de enero de 2026, todos los terneros que nazcan en la Argentina deberán contar con un sistema de identificación electrónica individual, conforme a lo establecido por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) mediante la Resolución 530/2025. La normativa alcanza a bovinos, bubalinos y cérvidos, y dispone la utilización de un esquema que combina una caravana visual con un dispositivo electrónico RFID, que acompañará al animal durante toda su vida productiva.

En ese marco, y con el objetivo de unificar criterios operativos, el Senasa publicó en diciembre de 2025 el Manual de Declaración de Dispositivos de Identificación RFID, donde se detallan los pasos que deben seguir los productores y usuarios para registrar correctamente las caravanas electrónicas a través del Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA) o mediante la aplicación oficial SIGBIOTRAZA.

 

Cómo declarar las caravanas electrónicas

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) publicó en diciembre de 2025 la versión actualizada del Manual de Declaración de Dispositivos de Identificación Electrónica (RFID). El documento establece de manera detallada cómo deben registrarse las caravanas electrónicas en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA).
El procedimiento aplica a dispositivos utilizados para la identificación de bovinos, bubalinos y cérvidos, y puede realizarse por autogestión o a través de la oficina local del Senasa.

Ingreso al sistema

Para iniciar la declaración, se debe acceder al sistema SIGSA y seguir la ruta:
Existencias → Dispositivos de Identificación → Nueva Declaración
Una vez allí, el usuario debe ingresar el número de RENSPA correspondiente a la unidad productiva. Al confirmar el dato, el sistema carga automáticamente la información del titular.

Datos obligatorios de la declaración

El manual indica que deben completarse los siguientes campos:

  • Fecha de aplicación: corresponde al día en que las caravanas electrónicas fueron colocadas en los animales.
  • Motivo de declaración: debe estar asociado a un registro previo existente en el sistema. Las opciones son:
    • Acta de vacunación contra fiebre aftosa
    • Novedad por nacimiento
    • Reinscripción anual al RENSPA (en zonas libres sin vacunación)

El sistema verifica que el registro seleccionado esté vigente.

Formas de cargar los dispositivos

El SIGSA permite tres modalidades para declarar las caravanas electrónicas:

Desde la aplicación SIGBioTraza

Si los dispositivos fueron leídos previamente con la app SIGBioTraza, el sistema permite seleccionar el lote de microchips transferido. Al hacerlo, se cargan automáticamente los números de dispositivo y los datos asociados, que pueden editarse antes de confirmar la declaración.

Carga manual

También es posible ingresar manualmente los 15 dígitos de cada dispositivo RFID. Luego, el sistema solicita completar o confirmar los datos de:

  • Sexo
  • Raza
  • Fecha de nacimiento

Estos datos pueden aplicarse de manera individual o por grupos.

Importación de archivo

Otra opción es subir un archivo en formato TXT con la información de los dispositivos. El archivo debe respetar el formato establecido por el manual, separando los datos con guiones y los dispositivos entre sí con punto y coma.

Confirmación del trámite

Una vez verificada la información, se debe presionar el botón “Declarar” para registrar definitivamente las caravanas electrónicas en el sistema. Si se detecta algún error, el SIGSA permite cancelar la operación y volver a editar los datos antes de confirmar.

Reidentificación

El manual también detalla el procedimiento para la reidentificación electrónica, aplicable cuando un animal pierde su caravana visual o electrónica, o cuando se decide incorporarlo al sistema RFID. Esta operación puede realizarse de forma manual o mediante importación de archivo, y queda registrada en el SIGSA.

Canales de consulta

Ante dudas o inconvenientes, el Senasa dispone de mesas de ayuda regionales y un canal de contacto oficial para asistencia en la carga y gestión de dispositivos.

 

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