Debido a las dificultades técnicas por exceso de solicitudes, el gobierno nacional extendió hasta el lunes 6 el plazo para tramitarlo a través de su plataforma on line
El Gobierno de la Nación extendió esta tarde el plazo para la entrada en vigencia del nuevo «Certificado Único Habilitante para Circulación», único documento que tendrá valor legal para la circulación de personas relacionadas con las excepciones del artículo 6 del DNU 297/2020. Será exigible a partir del próximo lunes 6 de abril.
A través de este documento de tramitación on line se buscó simplificar y unificar el permiso de circulación para dichas actividades, pero el exceso de solicitudes desbordó la Plataforma de Trámites a Distancia que, según fuentes oficiales, llegó a tener picos de hasta 80.000 solicitudes simultáneas.
El certificado en cuestión debe tramitarse a través de dicha plataforma, a la cual puede accederse haciendo click acá, y si todo funciona correctamente, el trámite es sencillo y rápido (hay instructivos en la página de inicio de trámite), pudiendo realizarse ingresando con DNI, o Inscripción en Afip y clave fiscal. Una vez registrada la «Declaración Jurada de Excepción para circular en emergencia sanitaria», se obtiene el certificado a través de una notificación electrónica.
El certificado debe llevarse en el vehículo y ser presentado ante cualquier autoridad que lo solicite en ruta, para lo cual el Ministerio del Interior cruzará información con organismos y entidades públicas y privadas, tendientes a corroborar la veracidad de los datos consignados en la solicitud


