Prorrogan la entrada en vigencia del Certificado Único para Circular

Debido a las dificultades técnicas por exceso de solicitudes, el gobierno nacional extendió hasta el lunes 6 el plazo para tramitarlo a través de su  plataforma on line

El Gobierno de la Nación extendió esta tarde el plazo para la entrada en vigencia del nuevo «Certificado Único Habilitante para Circulación», ​único documento que tendrá valor legal para la circulación de personas relacionadas con las excepciones del artículo 6 del DNU 297/2020. Será exigible a partir del próximo lunes 6 de abril.

A través de este documento de tramitación on line se buscó simplificar y unificar el permiso de circulación para dichas actividades, pero el exceso de solicitudes desbordó la  Plataforma de Trámites a Distancia que, según fuentes oficiales, llegó a tener picos de hasta 80.000 solicitudes simultáneas

El certificado en cuestión debe tramitarse a través de dicha plataforma, a la cual puede accederse haciendo click acá, y si todo funciona correctamente, el trámite es sencillo y rápido (hay instructivos en la página de inicio de trámite), pudiendo realizarse ingresando con DNI, o Inscripción en Afip y clave fiscal. Una vez registrada la «Declaración Jurada de Excepción para circular en emergencia sanitaria», se obtiene el certificado a través de una notificación electrónica.


El certificado debe llevarse en el vehículo y ser presentado ante cualquier autoridad que lo solicite en ruta, para lo cual el Ministerio del Interior cruzará información con organismos y entidades públicas y privadas, tendientes a corroborar la veracidad de los datos consignados en la solicitud