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Marcha atrás con la medida que obligaba al productor a verificar la habilitación de los camiones

Ante el rechazo de las entidades y todo el sector productivo el Senasa suspendió la implementación y argumentó que se buscará una mejor aplicación

El Senasa suspendió la implementación del plan de control para el movimiento de hacienda. El organismo decidió realizar una adecuación para lograr una mejor aplicación de la verificación de transportes de animales.


Esta medida se da luego de que el sector productivo y las entidades del campo rechacen la iniciativa del Senasa. "Como primera medida los productores no deben ser el control de la habilitación del camión, dicho trámite debe estar a cargo de la secretaria de transporte u organismo oficial que ella designe, los productores no tienen ni quieren el poder de policía que sí deben ejercer los organismos oficiales", manifestó CRA tras conocerse la medida.


La iniciativa consistía en que los autogestores que tramiten la emisión del Documento de Tránsito electrónico (DT-e) por el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA), debían registrar el dominio del transporte del traslado de los animales.

Al ingresar la patente, el sistema informaba si el vehículo tenía habilitación, estaba vencida o no estaba registrado. Con base en ese resultado, el sistema permitía o no emitir el DT-e.


Tras el reclamo del campo, el vicepresidente del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), Rodolfo Acerbi y de representantes de la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (CARBAP), se acordó suspender la implementación.


"Las autoridades del Senasa como los productores coincidieron en la necesidad de avanzar en instrumentos que cuiden la calidad de los transportes y garanticen la trazabilidad de la producción ganadera", informó el organismo a través de un comunicado.


De esta manera, el sector productivo logró que no se implemente la medida. El programa contaba con dos etapas. En la primera, el registro de habilitación cualquiera sea su estado (vigente o vencido) permitía continuar con la emisión del DT-e hasta concretar el embarque y traslado de la hacienda.


"Siempre y cuando el sistema no indique que el vehículo 'no registra habilitación'", comentó el organismo. Con esta implementación, los transportes cuyos dominios no se encontraran en la base de datos no podían ser incluidos en la emisión del DT-e.


El Senasa recordó que los propietarios del transporte que se utiliza para el traslado de animales vivos, productos, subproductos y derivados de origen animal que se movilizan amparados por el Documento de tránsito electrónico (DT-e) en la República Argentina, deben tramitar la habilitación.

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Al ingresar la patente, el sistema informaba si el vehículo tenía habilitación, estaba vencida o no estaba registrado. Con base en ese resultado, el sistema permitía o no emitir el DT-e.


Tras el reclamo del campo, el vicepresidente del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), Rodolfo Acerbi y de representantes de la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (CARBAP), se acordó suspender la implementación.


"Las autoridades del Senasa como los productores coincidieron en la necesidad de avanzar en instrumentos que cuiden la calidad de los transportes y garanticen la trazabilidad de la producción ganadera", informó el organismo a través de un comunicado.


De esta manera, el sector productivo logró que no se implemente la medida. El programa contaba con dos etapas. En la primera, el registro de habilitación cualquiera sea su estado (vigente o vencido) permitía continuar con la emisión del DT-e hasta concretar el embarque y traslado de la hacienda.


"Siempre y cuando el sistema no indique que el vehículo 'no registra habilitación'", comentó el organismo. Con esta implementación, los transportes cuyos dominios no se encontraran en la base de datos no podían ser incluidos en la emisión del DT-e.


El Senasa recordó que los propietarios del transporte que se utiliza para el traslado de animales vivos, productos, subproductos y derivados de origen animal que se movilizan amparados por el Documento de tránsito electrónico (DT-e) en la República Argentina, deben tramitar la habilitación.

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