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"Este tipo de fallos lo único que logra es que haya más abigeatos"

Daniel Ayçaguer, presidente de la Sociedad Rural de Olavarría, y el Doctor Jonatan Oliva, abogado especialista en derecho penal, se refirieron al polémico cambio de calificación a "robo simple" otorgado en Casación que benefició a dos olavarrienses que habían sido sentenciados por "abigeato agravado" en diciembre de este año.

Redacción ZonaCampo


Para entender de qué se trata esta nota, hay que volver un par de años hacia atrás y remontarnos a lo sucedido entre la tarde del 25 de agosto de 2020 y la mañana del día siguiente en un establecimiento rural ubicado 
en jurisdicción del Cuartel II del Partido de Olavarría. 


Según quedó probado en un proceso penal, en ese lapso de tiempo Miguel Ángel Ábalos, de 31 años de edad y Luciano Agustín Ferro, de 26, estuvieron en ese campo -situado en cercanías al cruce del camino a Crotto con la Ruta 226- con fines delictivos, y se "se apropiaron en forma ilegítima, previo darles muerte, de dos animales vacunos". Concretamente, de terneros de pelaje negro raza Angus que pesaban unos 200 kilos cada uno, a los cuales mataron en el predio para carnear de manera clandestina y luego darse a la fuga llevándose los principales cortes, dejando en el lugar las vísceras, las cabezas, las patas y las colas de ambos vacunos.


Poco más de tres años después, el pasado 28 de diciembre, el juez Martín Céspedes -integrante del Tribunal Oral en lo Criminal número 1 de Azul- declaró a Ábalos y Ferro como coautores del delito de "abigeato agravado". Y en consecuencia dictó a Ábalos una pena de "seis años de prisión"; mientras que setenció a Ferro a "cinco años de prisión".


En ese momento, desde la Sociedad Rural de Olavarría destacaron "la labor que realizan la Ayudantía de Abigeatos y Delitos Conexos a cargo de Juan Mañero, dependiente de la UFI 19 a cargo del Dr. Lucas Moyano, la patrulla rural y la policía de seguridad, que mantienen un diálogo fluido y trabajan conjuntamente con nuestra subcomisión de seguridad y cuyo trabajo de investigación fue fundamental en este proceso judicial para llegar a las presentes condenas".


Sin embargo, días atrás y desde un llamativo enfoque, los jueces de Casación Víctor Violini y Fernando Luis María Mancini resolvieron declarar a Ábalos y Ferro coautores del delito de robo simple y dispusieron también que el Juez que había intervenido dictara nuevas penas a ambos, lógicamente más atenuadas debido a la menor gravedad penal de la nueva figura, lo cual derivó en sanciones de tres años de prisión de efectivo cumplimiento para Abalos; mientras que Ferro recibió una pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional.


El hecho conmocionó a todo el sector rural de la región, y desde ZonaCampo iniciamos una investigación periodística cuyos resultados irán quedando ´plasmado en una serie de contenidos, de la cual el primero es esta nota exclusiva realizada al presidente de la Sociedad Rural de Olavarría, Daniel Ayçaguer, y el abogado experto en derecho penal Dr. Jonatan Oliva. Los dejamos con sus palabras.

Parte de la carne secuestrada en el allanamiento en una vivienda en construcción de calle 102 al 900 del barrio Trabajadores (31/08/2020)


Daniel Ayçaguer, presidente de la Sociedad Rural de Olavarría



Ayçaguer asumió este año la presidencia de la Sociedad Rural de Olavarría pero viene trabajando hace tiempo en la Subcomisión de Seguridad de la entidad y recuerda con claridad este hecho puntualmente "Cuando salió el fallo en diciembre lo compartí en todos los grupos de WhatsApp que tengo porque era una noticia muy positiva se le habían dado seis años de prisión a uno, y bueno, y dos años y pico al otro y era un poco como contradecir eso que dicen todos que nadie va preso, era una condena ejemplar. Era poner en valor el trabajo de de la Ayudantía de Abigeatos y Delitos Conexos a cargo de Juan Mañero, dependiente de la UFI 19 a cargo del Dr. Lucas Moyano, de la patrulla rural y la policía de segurida porque para llegar a probar estos delitos sabemos que lleva un trabajo inmenso que lamentablemente parte de la justicia tira por la borda con este tipo de fallos que lo único que va a lograr es que haya más abigeatos" afirmó Ayçaguer


"No se entiende, ni desde el sector, ni desde la sociedad en general, que haya jueces sin sentido común. Hubo un hecho de abigeato, lamentablemente muy común en el campo pero justo en este caso lo que no fue común fue la investigación. Se logró dar con los autores, se logró comprobar que la carne era de ese robo pero bueno no hay sentido común en la justicia, es más de lo mismo. Fíjate los argumentos que da la Cámara de Apelaciones de La Plata, que son jueces que están en una oficina y no entienden nada de la idiosincrasia de la gente en el campo, de la gente que vive en el campo, que está lidiando con los delincuentes alambre por medio", expresó.


"Te encontrás con que estos funcionarios dicen "robo simple", cuando robo simple lo podés buscar en el Google y encontrás que robo simple es otra cosa, pero bueno, ellos son los jueces y nosotros somos los que criticamos a los jueces. Desde el sector nuestro, de lo que a nosotros nos compete, es una vergüenza, la verdad que es una vergüenza que no se aplique el sentido común en un dictamen judicial, es vergonzoso"
remarcó.


 
"Es una pena porque desde la dirigencia estamos intentando, cada vez que hay un hecho, que el productor haga la denuncia, nosotros estar atrás de las causas judiciales, llamando todos los días a la Fiscalía Especializada, se logró traer una Fiscalía Especializada en Delitos Rurales a Olavarría, trajo un montón de beneficios, pero después ves un fallo de esto y te das cuenta que la justicia argentina todavía está manchada de un tipo de garantismo" cerró el dirigente ruralista.



"El criterio de Casación estaría hasta promocionando el abigeato, con una escala penal mucho menor"


El Doctor Jonatan Oliva es abogado especialista en derecho penal, integrante de la Comisión Directiva de la Asociación de Abogados de Olavarría y cofundador de la Subcomisión de Derecho Penal de Olavarría.

Desde ZonaCampo lo consultamos acerca de este polémico fallo "Para poder dar una opinión en profundidad correspondería estudiar a fondo el caso y las dos sentencias con sus fundamentos, pero más allá de eso a simple vista surge que en la instancia de Casación se realiza una interpretación excesivamente literal de la norma del art. 167 ter del Código Penal, que establece el concepto de abigeato, e incluso yerra porque dicho artículo nada dice respecto de si la una o más cabezas de ganado tienen que estar vivas o muertas para que se constituya per sé el delito de abigeato" afirmó el letrado.


"Pero además, más allá de lo literal o exegético, más allá de ese rigorismo formal si se quiere, lo que importa es el espíritu de la norma. Y este criterio atenta contra el espíritu de la norma, porque se aprovecha de una cuestión aparente en lo taxativo, trayendo a colación el principio de taxatividad que rige en el derecho penal, para justamente mutar el espíritu de la ley y facilitar incluso las cosas a las personas que salen a robar una o más cabezas de ganado, que desde mi punto de vista constituye el delito de abigeato independientemente si la cabeza de ganado, al momento del apoderamiento que lo saca de fuera de la custodia del dueño, fuera del establecimiento rural, estén vivas o muertas" detalló Oliva



"Justamente lo que hace este criterio de Casación es facilitarle las cosas a aquellas personas que van con un propósito propio del abigeato, para matar, desmembrar sus partes y cargarlo en un vehículo, sea una camioneta o un camión, y se lo llevan de una forma hasta mucho más fácil, si se quiere, que cargándolas vivas. Por lo cual estaría hasta promocionando el abigeato, con una suerte de mutación de la calificación legal, con la que se verían beneficiados por una escala penal mucho menor, que es la del robo simple"  concluyó el especialista.


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Daniel Ayçaguer, presidente de la Sociedad Rural de Olavarría, y el Doctor Jonatan Oliva, abogado especialista en derecho penal, se refirieron al polémico cambio de calificación a "robo simple" otorgado en Casación que benefició a dos olavarrienses que habían sido sentenciados por "abigeato agravado" en diciembre de este año.

Redacción ZonaCampo


Para entender de qué se trata esta nota, hay que volver un par de años hacia atrás y remontarnos a lo sucedido entre la tarde del 25 de agosto de 2020 y la mañana del día siguiente en un establecimiento rural ubicado 
en jurisdicción del Cuartel II del Partido de Olavarría. 


Según quedó probado en un proceso penal, en ese lapso de tiempo Miguel Ángel Ábalos, de 31 años de edad y Luciano Agustín Ferro, de 26, estuvieron en ese campo -situado en cercanías al cruce del camino a Crotto con la Ruta 226- con fines delictivos, y se "se apropiaron en forma ilegítima, previo darles muerte, de dos animales vacunos". Concretamente, de terneros de pelaje negro raza Angus que pesaban unos 200 kilos cada uno, a los cuales mataron en el predio para carnear de manera clandestina y luego darse a la fuga llevándose los principales cortes, dejando en el lugar las vísceras, las cabezas, las patas y las colas de ambos vacunos.


Poco más de tres años después, el pasado 28 de diciembre, el juez Martín Céspedes -integrante del Tribunal Oral en lo Criminal número 1 de Azul- declaró a Ábalos y Ferro como coautores del delito de "abigeato agravado". Y en consecuencia dictó a Ábalos una pena de "seis años de prisión"; mientras que setenció a Ferro a "cinco años de prisión".


En ese momento, desde la Sociedad Rural de Olavarría destacaron "la labor que realizan la Ayudantía de Abigeatos y Delitos Conexos a cargo de Juan Mañero, dependiente de la UFI 19 a cargo del Dr. Lucas Moyano, la patrulla rural y la policía de seguridad, que mantienen un diálogo fluido y trabajan conjuntamente con nuestra subcomisión de seguridad y cuyo trabajo de investigación fue fundamental en este proceso judicial para llegar a las presentes condenas".


Sin embargo, días atrás y desde un llamativo enfoque, los jueces de Casación Víctor Violini y Fernando Luis María Mancini resolvieron declarar a Ábalos y Ferro coautores del delito de robo simple y dispusieron también que el Juez que había intervenido dictara nuevas penas a ambos, lógicamente más atenuadas debido a la menor gravedad penal de la nueva figura, lo cual derivó en sanciones de tres años de prisión de efectivo cumplimiento para Abalos; mientras que Ferro recibió una pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional.


El hecho conmocionó a todo el sector rural de la región, y desde ZonaCampo iniciamos una investigación periodística cuyos resultados irán quedando ´plasmado en una serie de contenidos, de la cual el primero es esta nota exclusiva realizada al presidente de la Sociedad Rural de Olavarría, Daniel Ayçaguer, y el abogado experto en derecho penal Dr. Jonatan Oliva. Los dejamos con sus palabras.

Parte de la carne secuestrada en el allanamiento en una vivienda en construcción de calle 102 al 900 del barrio Trabajadores (31/08/2020)


Daniel Ayçaguer, presidente de la Sociedad Rural de Olavarría



Ayçaguer asumió este año la presidencia de la Sociedad Rural de Olavarría pero viene trabajando hace tiempo en la Subcomisión de Seguridad de la entidad y recuerda con claridad este hecho puntualmente "Cuando salió el fallo en diciembre lo compartí en todos los grupos de WhatsApp que tengo porque era una noticia muy positiva se le habían dado seis años de prisión a uno, y bueno, y dos años y pico al otro y era un poco como contradecir eso que dicen todos que nadie va preso, era una condena ejemplar. Era poner en valor el trabajo de de la Ayudantía de Abigeatos y Delitos Conexos a cargo de Juan Mañero, dependiente de la UFI 19 a cargo del Dr. Lucas Moyano, de la patrulla rural y la policía de segurida porque para llegar a probar estos delitos sabemos que lleva un trabajo inmenso que lamentablemente parte de la justicia tira por la borda con este tipo de fallos que lo único que va a lograr es que haya más abigeatos" afirmó Ayçaguer


"No se entiende, ni desde el sector, ni desde la sociedad en general, que haya jueces sin sentido común. Hubo un hecho de abigeato, lamentablemente muy común en el campo pero justo en este caso lo que no fue común fue la investigación. Se logró dar con los autores, se logró comprobar que la carne era de ese robo pero bueno no hay sentido común en la justicia, es más de lo mismo. Fíjate los argumentos que da la Cámara de Apelaciones de La Plata, que son jueces que están en una oficina y no entienden nada de la idiosincrasia de la gente en el campo, de la gente que vive en el campo, que está lidiando con los delincuentes alambre por medio", expresó.


"Te encontrás con que estos funcionarios dicen "robo simple", cuando robo simple lo podés buscar en el Google y encontrás que robo simple es otra cosa, pero bueno, ellos son los jueces y nosotros somos los que criticamos a los jueces. Desde el sector nuestro, de lo que a nosotros nos compete, es una vergüenza, la verdad que es una vergüenza que no se aplique el sentido común en un dictamen judicial, es vergonzoso"
remarcó.


 
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"El criterio de Casación estaría hasta promocionando el abigeato, con una escala penal mucho menor"


El Doctor Jonatan Oliva es abogado especialista en derecho penal, integrante de la Comisión Directiva de la Asociación de Abogados de Olavarría y cofundador de la Subcomisión de Derecho Penal de Olavarría.

Desde ZonaCampo lo consultamos acerca de este polémico fallo "Para poder dar una opinión en profundidad correspondería estudiar a fondo el caso y las dos sentencias con sus fundamentos, pero más allá de eso a simple vista surge que en la instancia de Casación se realiza una interpretación excesivamente literal de la norma del art. 167 ter del Código Penal, que establece el concepto de abigeato, e incluso yerra porque dicho artículo nada dice respecto de si la una o más cabezas de ganado tienen que estar vivas o muertas para que se constituya per sé el delito de abigeato" afirmó el letrado.


"Pero además, más allá de lo literal o exegético, más allá de ese rigorismo formal si se quiere, lo que importa es el espíritu de la norma. Y este criterio atenta contra el espíritu de la norma, porque se aprovecha de una cuestión aparente en lo taxativo, trayendo a colación el principio de taxatividad que rige en el derecho penal, para justamente mutar el espíritu de la ley y facilitar incluso las cosas a las personas que salen a robar una o más cabezas de ganado, que desde mi punto de vista constituye el delito de abigeato independientemente si la cabeza de ganado, al momento del apoderamiento que lo saca de fuera de la custodia del dueño, fuera del establecimiento rural, estén vivas o muertas" detalló Oliva



"Justamente lo que hace este criterio de Casación es facilitarle las cosas a aquellas personas que van con un propósito propio del abigeato, para matar, desmembrar sus partes y cargarlo en un vehículo, sea una camioneta o un camión, y se lo llevan de una forma hasta mucho más fácil, si se quiere, que cargándolas vivas. Por lo cual estaría hasta promocionando el abigeato, con una suerte de mutación de la calificación legal, con la que se verían beneficiados por una escala penal mucho menor, que es la del robo simple"  concluyó el especialista.


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