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Envases vacíos: media sanción para una ley que establece multas de hasta 60 millones de pesos

El proyecto aprobado por Diputados agrava las multas por daño contra el ambiente y será girado al Senado para su sanción definitiva

Luego de más de un año de espera, los Diputados aprobaron por 158 votos afirmativos, 23 negativos y 5 abstenciones, el proyecto que reduce las multas pecuniarias y las agrava para el caso de daño contra el ambiente de la Ley de disposición final de envases vacíos. La iniciativa será girada al Senado para su sanción definitiva. La aplicabilidad del sistema de gestión está pendiente de las aprobaciones provinciales.


La iniciativa, de autoría de Pablo Torello (PRO-Buenos Aires), propone una serie de cambios dentro de las sanciones que establece la Ley de gestión de los envases vacíos de fitosanitarios (Ley 27.279) para aplicadores, distribuidores, operadores, registrantes, productores y transportistas:


Para el caso de las multas pecuniarias, se reducen entre 1 y 1.500 sueldos básicos de la categoría inicial de la administración pública nacional. Es decir, las multas estarían entre los 6.000 pesos hasta 9.000.000.


La Ley vigente establece esa categoría de 300 a 10.000 sueldos básicos, es decir, de 1.800.000 pesos a 60 millones de pesos.


Cuando la infracción implique abandono, vertido, quema, enterramiento, comercialización, entrega ilegal, el uso del material recuperado para elaborar cualquier tipo de productos o la limpieza de los bidones en fuentes y reservorios de agua, la multa pecuniaria será entre 150 y 10.000 sueldos básicos de la categoría inicial de la administración pública nacional (Por pedido del diputado Luis Basterra (FPV-PJ-Formosa), que traducido implica un rango entre 1.000.000 y 60.000.000 de pesos.


También incluye suspender la inscripción en los registros que habilitan las actividades de los actores de 5 días a 1 año, en lugar de suspender la actividad, de un mes en adelante, como establece la Ley vigente.


Vale aclarar que, si bien el sistema de gestión de los envases vacíos aún está mayormente pendiente de implementación, para los productores rige la obligación de contar con un tinglado especial, con techo y piso impermeable, cerrado con candado. 


Fuente: Agrofy News


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La iniciativa, de autoría de Pablo Torello (PRO-Buenos Aires), propone una serie de cambios dentro de las sanciones que establece la Ley de gestión de los envases vacíos de fitosanitarios (Ley 27.279) para aplicadores, distribuidores, operadores, registrantes, productores y transportistas:


Para el caso de las multas pecuniarias, se reducen entre 1 y 1.500 sueldos básicos de la categoría inicial de la administración pública nacional. Es decir, las multas estarían entre los 6.000 pesos hasta 9.000.000.


La Ley vigente establece esa categoría de 300 a 10.000 sueldos básicos, es decir, de 1.800.000 pesos a 60 millones de pesos.


Cuando la infracción implique abandono, vertido, quema, enterramiento, comercialización, entrega ilegal, el uso del material recuperado para elaborar cualquier tipo de productos o la limpieza de los bidones en fuentes y reservorios de agua, la multa pecuniaria será entre 150 y 10.000 sueldos básicos de la categoría inicial de la administración pública nacional (Por pedido del diputado Luis Basterra (FPV-PJ-Formosa), que traducido implica un rango entre 1.000.000 y 60.000.000 de pesos.


También incluye suspender la inscripción en los registros que habilitan las actividades de los actores de 5 días a 1 año, en lugar de suspender la actividad, de un mes en adelante, como establece la Ley vigente.


Vale aclarar que, si bien el sistema de gestión de los envases vacíos aún está mayormente pendiente de implementación, para los productores rige la obligación de contar con un tinglado especial, con techo y piso impermeable, cerrado con candado. 


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