Trazabilidad obligatoria: cómo declarar las caravanas electrónicas paso a paso en el SIGSA

Aunque la identificación electrónica ya es obligatoria para los terneros nacidos desde el 1° de enero de 2026, muchos productores continúan colocando y declarando caravanas RFID a medida que avanzan los trabajos de campo y los movimientos de hacienda. Repasamos el procedimiento oficial para registrar los dispositivos en el sistema del Senasa.

A más de cinco meses de la entrada en vigencia de la identificación electrónica obligatoria para bovinos, bubalinos y cérvidos, la trazabilidad individual continúa generando consultas entre los productores. En muchos establecimientos, la colocación y declaración de las caravanas RFID se realiza de manera progresiva, acompañando los nacimientos, los trabajos sanitarios o la preparación de hacienda para remates y movimientos.

Ante este escenario, resulta útil repasar el procedimiento establecido por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) para declarar correctamente los dispositivos electrónicos en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA).

Recordemos que la Resolución 530/2025 dispuso que todos los terneros nacidos a partir del 1° de enero de 2026 deben contar con un sistema de identificación individual compuesto por una caravana visual y un dispositivo electrónico RFID, que acompañará al animal durante toda su vida productiva.

 

Cómo declarar las caravanas electrónicas

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) publicó en diciembre de 2025 la versión actualizada del Manual de Declaración de Dispositivos de Identificación Electrónica (RFID). El documento establece de manera detallada cómo deben registrarse las caravanas electrónicas en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA).
El procedimiento aplica a dispositivos utilizados para la identificación de bovinos, bubalinos y cérvidos, y puede realizarse por autogestión o a través de la oficina local del Senasa.

Ingreso al sistema

Para iniciar la declaración, se debe acceder al sistema SIGSA y seguir la ruta:
Existencias → Dispositivos de Identificación → Nueva Declaración
Una vez allí, el usuario debe ingresar el número de RENSPA correspondiente a la unidad productiva. Al confirmar el dato, el sistema carga automáticamente la información del titular.

Datos obligatorios de la declaración

El manual indica que deben completarse los siguientes campos:

  • Fecha de aplicación: corresponde al día en que las caravanas electrónicas fueron colocadas en los animales.
  • Motivo de declaración: debe estar asociado a un registro previo existente en el sistema. Las opciones son:
    • Acta de vacunación contra fiebre aftosa
    • Novedad por nacimiento
    • Reinscripción anual al RENSPA (en zonas libres sin vacunación)

El sistema verifica que el registro seleccionado esté vigente.

Formas de cargar los dispositivos

El SIGSA permite tres modalidades para declarar las caravanas electrónicas:

Desde la aplicación SIGBioTraza

Si los dispositivos fueron leídos previamente con la app SIGBioTraza, el sistema permite seleccionar el lote de microchips transferido. Al hacerlo, se cargan automáticamente los números de dispositivo y los datos asociados, que pueden editarse antes de confirmar la declaración.

Carga manual

También es posible ingresar manualmente los 15 dígitos de cada dispositivo RFID. Luego, el sistema solicita completar o confirmar los datos de:

  • Sexo
  • Raza
  • Fecha de nacimiento

Estos datos pueden aplicarse de manera individual o por grupos.

Importación de archivo

Otra opción es subir un archivo en formato TXT con la información de los dispositivos. El archivo debe respetar el formato establecido por el manual, separando los datos con guiones y los dispositivos entre sí con punto y coma.

Confirmación del trámite

Una vez verificada la información, se debe presionar el botón “Declarar” para registrar definitivamente las caravanas electrónicas en el sistema. Si se detecta algún error, el SIGSA permite cancelar la operación y volver a editar los datos antes de confirmar.

Reidentificación

El manual también detalla el procedimiento para la reidentificación electrónica, aplicable cuando un animal pierde su caravana visual o electrónica, o cuando se decide incorporarlo al sistema RFID. Esta operación puede realizarse de forma manual o mediante importación de archivo, y queda registrada en el SIGSA.

 

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