Vacunación contra Carbunclo 2017
Desde el gobierno Provincial recuerdan la obligatoriedad de la vacunación contra Carbunclo Bovino a todos los animales mayores de 8 meses.
Lo informó el Ministerio de Agroindustria de la Provincia, tal lo dispuesto por la Ley 6703/1961 y la Resolución 115/2014 que declara la obligatoriedad de la vacunación contra Carbunclo a todos los bovinos mayores de 8 meses, residentes en el territorio de la provincia de Buenos Aires, el Ministerio de Agroindustria provincial recuerda que dicha vacunación se debe realizar entre el 1° de Mayo de cada año y el último día de la 2° Campaña Antiaftosa del año.
Dicha vacunación puede ser simultánea con la aplicación de Aftosa y debe ser registrada únicamente por veterinarios matriculados en las Actas dispuestas por el Colegio de Veterinarios de la Provincia. Dichas Actas serán declaradas por los Entes o Fundaciones Antiaftosa de cada partido en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA) del Servicio Nacional de Sanidad Animal - SENASA.
A partir del presente año 2017, según lo dispuesto en la Comisión Provincial de Sanidad Animal - COPROSA, las Declaraciones Juradas de vacunación que podían emitir los productores, dejan de tener validéz. Los únicos documentos reconocidos por el MINAGRI y el SENASA serán las Actas emitidas por el Colegio de Veterinarios de la Provincia de Buenos Aires y refrendadas por un veterinarios matriculados.
Intensificación Ganadera, el tema de "La Ganadería que Viene 2025"
"Hasta dónde, hasta cuándo, hasta cuánto" son las preguntas que funcionarán como eje en la edición 2025 de uno de los eventos ganaderos más importantes del centro de la provincia. el 11, 12 y 13 de junio de 2025 serán tres días a pura ganadería;, con charlas de reconocidos disertantes, muestras dinámicas ganaderas y forrajeras, cursos gratuitos, una peña de bienvenida, un after de cierre y hasta un remate de hacienda, todo con entrada libre y gratuita.
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Dicha vacunación puede ser simultánea con la aplicación de Aftosa y debe ser registrada únicamente por veterinarios matriculados en las Actas dispuestas por el Colegio de Veterinarios de la Provincia. Dichas Actas serán declaradas por los Entes o Fundaciones Antiaftosa de cada partido en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA) del Servicio Nacional de Sanidad Animal - SENASA.
A partir del presente año 2017, según lo dispuesto en la Comisión Provincial de Sanidad Animal - COPROSA, las Declaraciones Juradas de vacunación que podían emitir los productores, dejan de tener validéz. Los únicos documentos reconocidos por el MINAGRI y el SENASA serán las Actas emitidas por el Colegio de Veterinarios de la Provincia de Buenos Aires y refrendadas por un veterinarios matriculados.
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